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Curiosidades sobre las normativas y papeles de la moto
#1
No sé muy bien donde colocar esto pero ahí va!


Quiero una trail!

y quiero la Honda XR650R!

En principio es una moto dificilmente catalogable porque está en el segmento de las enduro pero pasada de potencia y peso asi que mucha gente le dá un uso trail, le cambian el kit de arrastre para que alargue algo mas las marchas, le ponen neumáticos mixtos y los que se lo pueden permitir (€) le ponen un depósito mas grande... algunos incluso las preparan como supermotard.

Yo pensaba, entre otras cosas, ponerle matrícula pequeña, la generalmente conocida la de las motos de campo.

Como todos sabemos nosotros no podemos utilizarlas legalmente pero mirando si se la podia poner a la XR650R me hé encontrado con que hay bastante polémica con este asunto.

En la ficha técnica no hay ningún apartado donde se especifique si el neumático ha de ser de tacos o de asfalto, ni que se catalogue el tipo de moto segun su uso trial, trail, enduro o lo que sea así que... como sé si se la puedo poner?

y empiezo a mirar por foros....

y encuentro que se habla de que el origen de estas placas pequeñas es una reivindicación del colectivo de conductores de trial-enduro que al caer la moto mas a menudo la placa se dobla y se rompe pasando a ser peligrosa para el conductor y los demas.

Se legaliza la placa pequeña y se crea una normativa al respecto pero no va por la via de la ficha técnica ni de la homologación de la moto.
Vespa Primavera Pk75-81 - Para vender
kawasaki Zephyr 550-92
Honda Dominator-01
Honda XR650R-05 - Para vender
Yamaha Tenere 700-20 - Vendida
Husqvarna 701 Enduro-21

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#2
La normativa dice que solo la pueden llevar las motos de trial y enduro y que hay que cumplir unos requisitos para que una moto se pueda identificar como de estos usos.

la normativa (que no hé encontrado para descargar) dice:

Para las motocicletas de trial y enduro de dos ruedas, con
arreglo a la Directiva 92/61/CEE, la fecha establecida en el apartado
2 será la del 1 de enero de 2004 y la fecha establecida en
el apartado 3 será el 1 de julio de 2005.

Se entenderá por motocicletas de trial los vehículos que posean
las características siguientes:

a) altura máxima del asiento: 700 mm;
b) distancia mínima del suelo: 280 mm;
c) capacidad máxima del depósito de combustible: 4 l;
d) relación de transmisión mínima en la marcha superior (relación
primaria × relación de transmisión × relación de transmisión
final): 7,5.

Por motocicletas enduro se entienden los vehículos de las características
siguientes:

a) altura mínima del asiento: 900 mm;
b) distancia mínima del suelo: 310 mm;
c) relación de transmisión mínima en la marcha superior (relación
primaria × relación de transmisión × relación de transmisión
final): 6,0.
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#3
En este caso tendria que hacerla pasar por enduro, lo que no entiendo es quien me va a calcular la relación de transmision mínima en la marcha superior... de hecho, no sé ni lo que quiere decir!

Así que si quieres poner una placa pequeña en tu moto y cumples con los requisitos puedes hacerlo.

Pero ojo... cambiar la matrícula es una reforma de importancia así que tendras que pasar un ITV extraordinaria donde se anotará esta modificación.
Almenos es lo que dice el manual de reforma de vehículos:

Categoría L: Vehículos a motor con menos de cuatro ruedas

MANUAL DE REFORMAS EN VEHÍCULOS
II.- VEHÍCULOS DE CATEGORÍAS L, QUADS y UTV
Índice

1. IDENTIFICACIÓN DEL VEHÍCULO

Modificaciones que afecten a la identificación del vehículo

1.1 Sustitución total o parcial del bastidor o de la estructura autoportante,
cuando la parte sustituida sea la que lleva grabado el número de
identificación del vehículo

1.2 Retroquelado por ausencia, deterioro, desaparición o modificación

1.3 Cambio de emplazamiento de la placa de matrícula


Os paso el enlace de descarga del manual de reformas, quizás a alguno le interese por alguna curiosidad como la del cambio de ubicación de la matrícula para los cafeteros, Harleyanos y demas tribus moteras:

http://www.aecat.es/index.php?option=com...=12lang=es


Tanto rollo para tan poca cosa?

Pozi!

es lo que tiene esto de ser un friki!
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#4
Y si me para un guardia?

Es muy posible que no sepa casi nada al respecto, de hecho estoy leyendo que en muchas ITV tampoco se aclaran con el tema.

y si rizas el rizo...

Si consigues que una ITV te anote esta reforma de importancia en tu Zephyr en teoria irías legal... no?

Porque yo supongo que las medidas del asiento, de altura libre al suelo y lo de la relacion de las marchas lo mirarán allí no?

Alguna luz me puede iluminar?
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#5
Tambien leo por ahí que algun agente de la autoridad desconociendo la normativa le ha dado por mirar la clasificación del vehículo en la ficha técnica, en nuestro caso es el número de 4 dígitos que pone 0 4 0 0.
Los dos primeros números identifican el vehículo como MOTOCICLETA y los segundos nos hablan del uso al que se destina:

02 familiar
03 escolar
05 escuela de conductores
06 urbano
11 caja abierta
12 porta contenedores
15 porta vehículos
20 caja cerrada
25 frigorífico
27 Cisterna
33 Todo terreno
40 taxi
41 alquiler
43 ambulancia
45 funerario
46 Bomberos
78 quita nieves

https://www.google.es/url?sa=trct=jq=esr...QGwcad=rja

En nuestro caso y en la mayoria de motos es SIN ESPECIFICAR, lo pone en el apartado D.4 del permiso de circulación.

Asi es que NO hay una clasificación que distinga entre una Trial-enduro (puede llevar placa pequeña) o una Trail (No puede), como mucho podría poner 33 TODOTERRENO, Por este motivo es interesante llevar siempre copia de la normativa encima.
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#6
Menudo trabajo de investigación!
Pos ya cuando la tengas, nos mandas una foto...
Suerte! ZephyrV
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#7
Las fotos cuando la tenga que está el mercado que no veas, pocas y caras... para mi gusto.

No hay muchas a la venta y yo que no sé que le tengo que mirar a una enduro pues ando un poco perdido.
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